Artículo 217 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. La etapa de preparación de la elección comprende los actos siguientes:
(REFORMADA, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)
I. La aprobación por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de la delimitación geográfica de los veinte distritos electorales uninominales en el territorio del Estado;
(REFORMADA, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)
II. La aprobación por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de la delimitación geográfica y número de las secciones electorales que conformen cada distrito electoral uninominal;
(REFORMADA, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)
III. La aprobación de los convenios marco entre el Instituto Electoral y el Instituto Nacional Electoral, para lograr el apoyo y colaboración en la organización, desarrollo y vigilancia del proceso electoral;
IV. La aprobación, en su caso, del modelo o sistema electrónico para la recepción del voto, cuando sea factible técnica y presupuestalmente y se garantice la vigencia de las disposiciones legales que amparan la libertad y secreto del voto ciudadano;
V. Los procesos de selección de candidatos a cargos de elección popular y las precampañas Electorales; y VI. Cualquier otro que de manera justificada determine el Consejo General del Instituto Electoral.
Capítulo Segundo Circunscripción Plurinominal Electoral
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.