Artículo 223 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. El Instituto Electoral podrá celebrar convenios con el Instituto Nacional Electoral, previa aprobación de la mayoría de los votos de su Consejo General, para coordinar y organizar conjuntamente, en forma amplia, las diversas etapas y procedimientos en el desarrollo de elecciones locales y federales concurrentes.
Capítulo Sexto Procedimiento para la Recepción del Voto por Modelos o Sistemas Electrónicos (REFORMADO, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.