Artículo 285 de Código Electoral del Estado de Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los representantes de los partidos políticos se rigen por la Ley General.
N. DE E. RESPECTO A LOS NUMERALES 2, 3 Y 4, VÉASE EL P.O. 8 DE JULIO DE 2014, SECCIÓN VI, PÁGINA 48.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.