Código Electoral estatal

Artículo 355 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco

Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1. Cómputo estatal parcial de la elección de Diputados por el principio de representación proporcional, es el procedimiento que ejecuta el Consejo Distrital Electoral, consistente en realizar la suma de los resultados asentados en el acta de escrutinio y cómputo de cada una de las casillas en el distrito, para obtener el resultado de esa votación en la delimitación del distrito.

(REFORMADO, P.O. 19 DE JULIO DE 2011)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 355 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco?

1. Cómputo estatal parcial de la elección de Diputados por el principio de representación proporcional, es el procedimiento que ejecuta el Consejo Distrital Electoral, consistente en realizar la suma de los resultados…

¿Está vigente el artículo 355?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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