Artículo 89 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[N. DE E. VÉASE DECRETO 27923/LXII/20, PUBLICADO EN EL P.O. DE 1 DE JULIO DE 2020, PÁGINA 47.] 1. (DEROGADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2020)
(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2020)
2. Para el financiamiento público estatal de los partidos políticos nacionales con acreditación en el Estado, y locales registrados en el Estado, se aplicará lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.
(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2020)
3. Para el financiamiento privado de los partidos políticos nacionales con acreditación en el Estado y locales con registro en el Estado, se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.