Artículo 252 de Código Electoral del Estado de México — Estado de México
Código Electoral del Estado de México — Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para el mejor conocimiento de los ciudadanos, concluido el cómputo el Presidente deberá fijar en el exterior del local del Consejo correspondiente, los resultados preliminares de la elección o elecciones que correspondan.
TITULO QUINTO De los Resultados Electorales CAPITULO PRIMERO De los Cómputos en los Consejos Distritales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.