Código Electoral estatal

Artículo 189 de Código Electoral del Estado de Michoacán

Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El paquete electoral de cada elección se integrará con los siguientes documentos:

I. Un ejemplar de las actas que se levanten en la casilla;

II. Las boletas sobrantes inutilizadas;

III. Los votos válidos y los anulados;

IV. La lista nominal, se incluirá en el paquete de la elección de diputados; y, V. Los escritos de protesta presentados y cualquier otro documento relacionado con la elección.

Los paquetes de casilla deberán quedar cerrados y sobre su envoltura firmarán los miembros de la mesa directiva y los representantes de los partidos políticos, si desean hacerlo, se levantará constancia de la integración y remisión del mencionado paquete.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 189 de Código Electoral del Estado de Michoacán?

El paquete electoral de cada elección se integrará con los siguientes documentos: I. Un ejemplar de las actas que se levanten en la casilla; II. Las boletas sobrantes inutilizadas; III. Los votos válidos y los anulados;…

¿Está vigente el artículo 189?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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