Código Electoral estatal

Artículo 89 de Código Electoral del Estado de Michoacán

Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las autoridades judiciales que dicten resoluciones que decreten la suspensión, pérdida o rehabilitación de los derechos de los ciudadanos; así como aquellas que autoricen rectificación al nombre o declaren la presunción de muerte del ausente; dentro de los diez días siguientes a la fecha en que la sentencia cause ejecutoria, notificarán estos hechos a la oficina del Registro de Electores de su jurisdicción, para las anotaciones correspondientes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Código Electoral del Estado de Michoacán?

Las autoridades judiciales que dicten resoluciones que decreten la suspensión, pérdida o rehabilitación de los derechos de los ciudadanos; así como aquellas que autoricen rectificación al nombre o declaren la presunción…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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