Artículo 93 de Código Electoral del Estado de Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, podrá celebrar convenios para el desarrollo de los trabajos electorales a que se refiere este libro.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.