Artículo 96 de Código Electoral del Estado de Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El proceso electoral, para elecciones ordinarias de Gobernador, diputados y ayuntamientos, se inicia ciento ochenta días antes de la elección, y concluye con la declaración de validez o una vez resueltos en definitiva los medios de impugnación que se presenten, según sea el caso.
El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución y este Código, realizados por las autoridades, los partidos políticos y los ciudadanos, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los ayuntamientos.
Todo proceso electoral tiene las etapas siguientes:
I. La preparatoria de la elección;
II. La de la jornada electoral; y, III. La posterior a la elección.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.