Código Electoral estatal

Artículo 267 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En la sesión en que conozca del proyecto de resolución, el Consejo determinará: La denuncia deberá reunir los siguientes requi- sitos:

I. Aprobarlo en los términos en que se le pre- sente; I. Nombre del quejoso o denunciante, con firma autógrafa o huella digital;

II. Aprobarlo, ordenando al Secretario Ejecutivo realizar el engrose de la resolución en el sentido de II. Domicilio en el Estado, para oír y recibir no- los argumentos, consideraciones y razonamientos tificaciones;

expresados por la mayoría; III. Los documentos que sean necesarios para III. Modificarlo, procediendo a aprobarlo dentro acreditar la personería;

de la misma sesión, siempre y cuando se considere IV. Narración expresa y clara de los hechos en que puede hacerse y que no contradice lo establecido que se basa la denuncia;

en el cuerpo del dictamen, y V. Ofrecer y exhibir las pruebas con que cuente; o IV. Rechazarlo y ordenar a la Secretaría Eje- en su caso, mencionar las que habrán de requerirse, cutiva elaborar un nuevo proyecto en el sentido de por no tener posibilidad de recabarlas;

los argumentos, consideraciones y razonamientos VI. En su caso, las medidas cautelares que se expresados por la mayoría.

soliciten, y Rechazado un proyecto de resolución se entien- VII. Copias de traslado para cada uno de los de que se aprueba un acuerdo de devolución.

denunciados.

En caso de empate, se procederá a una segunda

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 267 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes?

En la sesión en que conozca del proyecto de resolución, el Consejo determinará: La denuncia deberá reunir los siguientes requi- sitos: I. Aprobarlo en los términos en que se le pre- sente; I. Nombre del quejoso o…

¿Está vigente el artículo 267?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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