Artículo 296 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los medios de impugnación II. Recibida la lista a que se refiere la fracción regulados por este Código tienen por objeto garan- anterior, el Fiscal General formulará una terna y la tizar:
remitirá al Congreso del Estado en un plazo no mayor I. Que todos los actos y resoluciones de los a cinco días naturales contados a partir de que haya órganos electorales, en los procesos electorales, de recibido la lista de candidatos.
plebiscito o de referéndum, se sujeten a los principios Si el Fiscal General no recibe la lista en el plazo de constitucionalidad y legalidad, y señalado en la fracción I, enviará libremente al Con- greso del Estado una terna; II. La definitividad de los distintos actos y etapas de los procesos electorales.
III. Recibida la terna por el Congreso del Estado, se turnará a la Comisión de Justicia para que, previa ARTÍCULO 297.- Los medios de impugnación comparecencia de las personas propuestas, rinda que integran este sistema, son los recursos de:
el informe respectivo y el Pleno designe al Fiscal I. Inconformidad;
Especial en Delitos Electorales con el voto delas dos terceras partes de los diputados que integran el II. Apelación;
Congreso. La designación deberá realizarse dentro III. Nulidad, y del plazo de ocho días naturales contados a partir de que el Congreso reciba la terna. IV. Revisión del Procedimiento Especial San- cionador.
En caso de que el Fiscal General no envíe la terna al Congreso del Estado, éste tendrá cinco días Los recursos de Inconformidad y Apelación para para designar al Fiscal Especial en Delitos Electo- garantizar la legalidad de los actos y resoluciones de rales de entre los candidatos de la lista que señala los órganos electorales estatales, durante el tiempo la fracción I. que transcurra entre dos procesos electorales, o Si el Congreso del Estado no hace la designación durante el proceso electoral hasta antes del día de en el plazo establecido, el Fiscal General del Estado, la jornada electoral, conforme a los tiempos estable- en un término no mayor a cinco días naturales, de- cidos en este Código.
signará al Fiscal Especial en Delitos Electorales de El recurso de Nulidad para anular la votación entre los candidatos que integren la lista referida en recibida en casillas o declarar la nulidad de una la fracción I, o en su caso de la terna respectiva;
elección.
Marzo 2 de 2015 PERIÓDICO OFICIAL (Tercera Sección) Pág. 61 El recurso de Revisión del Procedimiento Espe- I. Nombre del actor;
cial Sancionador para impugnar una medida cautelar II. Señalar domicilio para recibir notificaciones y, impuesta por el Instituto así como los acuerdos de a quien autorizan para que a su nombre las pueda desechamiento de denuncias o quejas.
oír y recibir;
TÍTULO SEGUNDO III. Acompañar el o los documentos que sean DE LAS REGLAS APLICABLES A LOS MEDIOS necesarios para acreditar la personería del recu- DE IMPUGNACIÓN rrente;
IV. Identificar el acto o resolución impugnado y CAPÍTULO I la autoridad responsable del mismo;
Disposiciones Preliminares V. Mencionar de manera expresa y clara los
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.