Artículo 357 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son atribuciones del Presidente que le encomiende;
del Tribunal;
II. Acordar con el Presidente lo relativo a las I. Convocar en los términos del reglamento res- sesiones del Tribunal;
pectivo a las sesiones del Pleno;
III. Dar cuenta, tomar las votaciones y formular II. Presidir las sesiones del Pleno, dirigir los de- el acta respectiva en las sesiones;
bates y conservar el orden durante las mismas;
IV. Llevar el turno de los Magistrados que de- III. Integrar el Pleno para los asuntos de su ban formular ponencias para las resoluciones del competencia;
Tribunal;
IV. Dictar las medidas que exijan el buen servicio V. Expedir certificaciones de las constancias que y la disciplina del Tribunal e imponer las sanciones obren en los expedientes de la Secretaría General administrativas que procedan a los secretarios y de Acuerdos;
personal administrativo, dando cuenta al Pleno de las mismas; VI. Revisar los engroses de las resoluciones;
V. Conocer y despachar la correspondencia del VII. Supervisar el debido funcionamiento de la Tribunal; Oficialía de Partes y del Archivo Jurisdiccional;
VI. Autorizar, junto con el Secretario General de VIII. Autorizar con su firma las actuaciones del Acuerdos, las actas en las que se harán constar las Tribunal, y deliberaciones del Tribunal en Pleno y los acuerdos IX. Las demás que le confiera el Pleno, las dispo- que éste dicte;
siciones reglamentarias aplicables y este Código.
VII. Representar al Tribunal ante toda clase de
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.