Artículo 8 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ciudadanos del Estado, cional; a falta de disposición expresa se aplicarán para ejercer el derecho al voto, deberán satisfacer, los principios generales del derecho, y en todo caso además de los requisitos que señala el artículo 34 se respetarán y garantizarán de la manera más de la CPEUM, los siguientes:
amplia, los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, I. Estar inscrito en el Registro Federal de Elec- indivisibilidad y progresividad. tores y aparecer en la lista nominal de electores correspondiente, en los términos que establezca la
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.