Artículo 122 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Instituto Electoral de Tamaulipas tiene su domicilio en Victoria y ejercerá sus funciones en todo el territorio del Estado, a partir de los siguientes órganos:
I.- El Consejo General;
II.- Las Comisiones del Consejo General;
III.- El Comité de Radio y Televisión;
IV.- La Secretaría Ejecutiva;
V.- La Unidad de Fiscalización:
VI.- La Contraloría General;
VII.- Las direcciones ejecutivas;
VIII.- Consejos municipales, una en cada municipio del Estado;
IX.- Consejos distritales, uno en cada cabecera del distrito electoral uninominal; y X.- Las mesas directivas de Casilla.
TITULO SEGUNDO De los Organos Centrales CAPITULO I Del Consejo General
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.