Artículo 198 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Una vez realizada la asignación de tiempos a los partidos políticos para sus precampañas correspondientes, los precandidatos debidamente registrados podrán acceder a radio y televisión exclusivamente a través del tiempo que corresponda en dichos medios al partido político por el que pretenden ser postulados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.