Artículo 42 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas — Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas — Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Instituto Electoral de Tamaulipas, por conducto de su Presidente, podrá suscribir con el Instituto Federal Electoral un convenio de apoyo y colaboración en materia de registro de electores. Conforme al acuerdo del Consejo General para llevar a cabo dicho convenio, Departamento del Periódico Oficial del Estado Página 9 de 89 Código Electoral para el Estado de Tamaulipas Ultima reforma POE 109 10-09-2009 Decreto LX-652 Fecha de expedición 12 de diciembre del 2008.
Fecha de promulgación 18 de diciembre del 2008.
Fecha de publicación Periódico Oficial Extraordinario número 2 de fecha 29 de diciembre del 2008.
el Presidente del propio Consejo General, informará periódicamente de la ejecución del mismo y de los convenios derivados que fuere necesario celebrar con la Junta Local Electoral del Instituto Federal Electoral en Tamaulipas, a través de su Vocal Ejecutivo, para el desarrollo de las elecciones normadas por este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.