Artículo 113 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son cargas de la sociedad, no sólo las que reclamen legítimamente los terceros, sino también las de los cónyuges, cuando hubiesen cubierto con bienes propios deudas de la sociedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.