Artículo 214 de Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las personas que se resistan a acatar las órdenes judiciales de descuento, o auxilien al obligado a ocultar o disimular sus bienes e ingresos, o a eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, son responsables en los términos del artículo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto por el Código Penal vigente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.