Artículo 226 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El aseguramiento de los alimentos se hará por cualquier medio de garantía regulado por la ley, o cualquiera otra forma a juicio del juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.