Artículo 672 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La condición que solamente suspende por cierto tiempo la ejecución del testamento, no impedirá que el heredero o legatario adquieran el derecho a la herencia o al legado y lo transmitan a sus herederos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.