Artículo 812 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que éste deba ser nulo conforme a la ley. Un testamento es nulo cuando se otorga en contravención a las formalidades que establece este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.