Artículo 1171 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1171. El acta de divorcio contendrá los nombres, apellidos, edad, domicilio, lugar de nacimiento y nacionalidad de los divorciados, fecha y lugar en que se celebró el matrimonio y la parte resolutiva de la sentencia judicial, que haya decretado el divorcio, la autoridad que la dictó y fecha en que causó ejecutoria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.