Artículo 272 de Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 272. Cuando la madre contradiga ante el oficial del registro civil el reconocimiento hecho sin su consentimiento, éste quedará sin efecto y la cuestión relativa a la paternidad se resolverá en juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.