Artículo 12 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La titularidad de las Oficialías del Registro Civil, estará a cargo de los Oficiales que designen los Ayuntamientos Municipales; tendrán fe pública en el desempeño de las labores propias de su cargo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.