Artículo 738 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La planificación familiar y el control de la natalidad, deberán hacerse técnicamente con programas complementarios de desarrollo agropecuario, económico, industrial, social y cultural, de cada lugar o región del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.