Artículo 103 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 103.- El Estado establece el matrimonio como uno de los medios morales reconocidos por el derecho para fundar la familia. Cualquier condición contraria a los fines esenciales del matrimonio, se tendrá por no puesta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.