Artículo 303 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 303.- No puede haber sobre la filiación transacción o compromiso de árbitros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.