Artículo 609 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 609.- El mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes y tiene capacidad de ejercicio de sus derechos y obligaciones, conforme a las leyes respectivas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.