Artículo 735 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 735.- Por disposición de la ley, una de las formas de ejercer la paternidad responsable es la conducta consciente de los padres, conociendo su situación social, económica y cultural, para determinar el número y espaciamiento de los hijos que quisieren tener.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.