Artículo 1024 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juez podrá denegar la admisión de la prueba CAPÍTULO V pericial, cuando los puntos sobre los que deba versar el dictamen INSTRUMENTAL y las cuestiones que deben resolver los peritos, a su juicio, sean innecesarias; porque el conocimiento objeto o materia de la pericia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.