Código Familiar estatal

Artículo 1183 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Pasados los términos que fijan los artículos anteriores, hablan las fracciones I y II del artículo anterior, se necesita solicitud se celebrará una audiencia dentro de los tres días siguientes, en la verbal o escrita del interesado o cualquiera que tenga conocimiento cual se desahogarán las pruebas ofrecidas, y atendiendo a las de los hechos.

particularidades del caso, el juez resolverá lo conducente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1183 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Pasados los términos que fijan los artículos anteriores, hablan las fracciones I y II del artículo anterior, se necesita solicitud se celebrará una audiencia dentro de los tres días siguientes, en la verbal o escrita…

¿Está vigente el artículo 1183?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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