Artículo 1211 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El tutor no puede, ni en almoneda, ni fuera de ella, término de tres días, salvo que medie causa justificada, calificada ni con autorización judicial, comprar o arrendar los bienes de la de plano por el juez, en cuyo caso, se dictarán las providencias persona con discapacidad, ni celebrar respecto de estos ningún necesarias para obtener el peritaje.
contrato para sí, sus ascendientes, su cónyuge, descendientes o hermanos y demás parientes por consanguinidad o afinidad. La En el supuesto de que el perito no emita el dictamen sin causa infracción de este artículo trae consigo la nulidad del contrato y es justificada, se le impondrá una multa a favor del solicitante por la causa de remoción del tutor. misma cantidad de dinero en que fijó sus honorarios, y si no los hubiere determinado, por la suma equivalente de treinta a cincuenta
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.