Artículo 254 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El divorcio es voluntario o sin expresión de causa. la forma de liquidarla después de decretado el divorcio, exhibiendo para ese efecto las capitulaciones matrimoniales, Es voluntario cuando se solicita de mutuo consentimiento por los el inventario, avalúo y el proyecto de partición.
cónyuges y se sustanciará administrativa o judicialmente, según las circunstancias del matrimonio. De no ocuparse la propuesta de convenio de alguno de los puntos precitados o no ser clara y precisa, se requerirá al solicitante Si es judicial se sustanciará en jurisdicción voluntaria. mediante notificación personal para que la complete o aclare dentro del término de tres días, apercibiéndole que de no hacerlo, se
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.