Código Familiar estatal

Artículo 331 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La línea recta es descendente o ascendente. III. Si de una manera expresa reconoció como suyo al hijo de Ascendente es la que liga a cualquiera a su progenitor o tronco de su cónyuge; y, que procede; descendente es la que liga al progenitor a los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o descendente, IV. Si el hijo no nació capaz de vivir.

según el punto de partida y la relación a que se atiende.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 331 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 331 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La línea recta es descendente o ascendente. III. Si de una manera expresa reconoció como suyo al hijo de Ascendente es la que liga a cualquiera a su progenitor o tronco de su cónyuge; y, que procede; descendente es la…

¿Está vigente el artículo 331?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.