Código Familiar estatal

Artículo 35 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los testigos que intervengan en las actas del estado Ley Orgánica del Registro Civil del Estado, para lo cual, el civil deberán ser personas mayores de edad, prefiriéndose los que interesado o su representante legítimo deberá presentar en la designen los interesados, aun cuando sean sus parientes. Oficialía del último domicilio que tuvo en Michoacán, las actas o documentos en que se haga constar el acto del estado civil de que

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 35 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 35 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Los testigos que intervengan en las actas del estado Ley Orgánica del Registro Civil del Estado, para lo cual, el civil deberán ser personas mayores de edad, prefiriéndose los que interesado o su representante legítimo…

¿Está vigente el artículo 35?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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