Artículo 712 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la tramitación y resolución de los asuntos ante abreviaturas, raspaduras, ácidos, ni otras sustancias para borrar los tribunales ordinarios, se estará a lo dispuesto por la las frases equivocadas, sobre las que solo se pondrá una línea Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los delgada que permita la lectura, salvándose al final con toda precisión tratados internacionales en los cuales el Estado Mexicano sea parte, el error cometido. La infracción del presente artículo, será en la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de sancionada en términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Derechos Humanos y por este Código, sin que por convenio de los interesados puedan renunciarse el recurso, ni el derecho de Artículo 721. Las resoluciones y actuaciones judiciales que deban recusación, ni alterarse, modificar o renunciarse las normas del constar por escrito, serán firmadas bajo pena de nulidad por los procedimiento, salvo en los casos y con las formalidades servidores públicos a quienes corresponda dictarlas o practicarlas consignadas en los mismos. y por aquellos que puedan dar fe o certificar el acto; las primeras a más tardar al concluir las labores del juzgado o tribunal y las
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.