Código Familiar estatal

Artículo 1019 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los interventores tendrán la retribución que acuerden los herederos que los nombren y si los nombra el juez, cobrarán conforme a (sic) arancel, como si fueren apoderados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1019 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca?

Los interventores tendrán la retribución que acuerden los herederos que los nombren y si los nombra el juez, cobrarán conforme a (sic) arancel, como si fueren apoderados.

¿Está vigente el artículo 1019?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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