Artículo 117 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los que infrinjan el artículo anterior, así como los que siendo mayores de edad contraigan matrimonio con un menor sin autorización de los padres de éste, del tutor o del juez en sus respectivos casos, y los que autoricen esos matrimonios, incurrirán en las penas que señala el Código de la materia.
CAPÍTULO X DEL DIVORCIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.