Artículo 147 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En la línea transversal los grados se cuentan por el número de generaciones, subiendo por una de las líneas y descendiendo por la otra;
o por el número de personas que hay de uno a otro de los extremos que se consideren, excluyendo la del progenitor o tronco común.
CAPÍTULO II DE LOS ALIMENTOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.