Artículo 222 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Respecto del padre, la filiación se establece por el reconocimiento voluntario o por sentencia que declare la paternidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.