Artículo 238 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si la hija o hijo reconocido es menor, puede reclamar contra el reconocimiento cuando llegue a la mayor edad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.