Artículo 258 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para llevar a cabo la adopción, deberán satisfacerse también los siguientes requisitos:
I. Demostrar plenamente que es mayor de veinticinco años;
II. Que el o los adoptantes tienen medios económicos bastantes para proveer a la subsistencia de la niña, niño o adolescente o persona con discapacidad como hijo propio, según las circunstancias de las personas que tratan de adoptarse;
III. Que el adoptante sea persona de buenas costumbres;
IV. La carta de idoneidad emitida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia;
V. Deberá justificar que la adopción sea benéfica para la niña, niño o adolescente o persona con discapacidad que tratan de adoptarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.