Artículo 299 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los nuevos cónyuges no ejercerán la patria potestad sobre los hijos del matrimonio o relación anterior de su cónyuge.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.