Artículo 334 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El adoptante que ejerza la patria potestad tiene derecho de nombrar tutor testamentario a su hijo adoptivo; aplicándose a esta tutela lo dispuesto en los artículos anteriores.
CAPITULO III DE LA TUTELA LEGÍTIMA DE LAS NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.