Artículo 458 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El tutor, o en su falta quien lo represente, rendirá las cuentas generales de la tutela en el plazo de tres meses, contados desde el día en que fenezca la tutela. El juez podrá prorrogar este plazo hasta por tres meses más, si circunstancias extraordinarias así lo exigieren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.