Artículo 655 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El heredero por testamento, que muera antes que el testador o antes de que se cumpla la condición; el incapaz de heredar y el que renuncie a la sucesión, no trasmiten ningún derecho a sus herederos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.