Código Familiar estatal

Artículo 803 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El testador que se encuentre en el caso del artículo que precede, podrá, luego que cese la violencia o disfrute de libertad completa, revalidar su testamento con las mismas solemnidades que si lo otorgara de nuevo. De lo contrario será nula la revalidación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 803 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca?

El testador que se encuentre en el caso del artículo que precede, podrá, luego que cese la violencia o disfrute de libertad completa, revalidar su testamento con las mismas solemnidades que si lo otorgara de nuevo. De…

¿Está vigente el artículo 803?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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