Artículo 94 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Estas donaciones no se anularán por la superveniencia de hijos, pero se reducirán cuando sean inoficiosas, en los mismos términos que las comunes.
CAPÍTULO IX DE LOS MATRIMONIOS NULOS E ILÍCITOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.