Código Familiar estatal

Artículo 977 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando fueren varios los albaceas nombrados el albaceazgo será ejercitado por cada uno de ellos en el orden en que hubieren sido designados, a no ser que el testador hubiere dispuesto expresamente que se ejerza de común acuerdo por todos los nombrados, pues en este caso se considerarán mancomunados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 977 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca?

Cuando fueren varios los albaceas nombrados el albaceazgo será ejercitado por cada uno de ellos en el orden en que hubieren sido designados, a no ser que el testador hubiere dispuesto expresamente que se ejerza de común…

¿Está vigente el artículo 977?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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